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¿Quién paga el precio del silencio?

  • Anna García Becerra
  • 15 ene
  • 4 Min. de lectura

La violencia y exclusión económica limitan el potencial productivo del país  


En pleno 2025, mientras Colombia presenta discursos sobre la igualdad de género, las estadísticas oficiales ponen de manifiesto un atraso considerable respecto a las mujeres. Según el DANE (2025), en el primer trimestre del año, la diferencia en tasa global de participación laboral entre mujeres y hombres fue de 23,6 puntos porcentuales, con una tasa de ocupación también 24,9 p.p. más alta para los hombres. Esta diferencia no es casual, sino resultado del peso invisible y a menudo impuesto de la violencia económica. Por lo cual, esta diferencia no se trata solo de un dato numérico: es la clara muestra de un sistema de control que emplea la necesidad financiera como cadenas, impidiendo que las mujeres ejerzan su derecho a decidir y obligándolas a permanecer en contextos de abuso.  


En Colombia, “por violencia contra la mujer se entiende cualquier acción u omisión, que le cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer” (Ley 1257 de 2008, art. 2). Asimismo, la violencia económica específicamente implica acciones que afectan la supervivencia económica de la víctima, como el control de cuentas bancarias sin pedir su autorización o acceder a sus propios recursos. A diferencia de la violencia patrimonial, la cual afecta la supervivencia de la víctima, como en daño de bienes, limitando la gestión del dinero y afectando de raíz la autonomía. De esta manera, mientras la violencia patrimonial impacta los bienes físicos, la violencia económica restringe o condiciona el acceso y la gestión de los recursos.   


Entre las formas más frecuentes de violencia económica se incluyen el control total de las finanzas, la obstrucción al acceso de recursos monetarios, la coerción para incurrir en deudas y la prohibición de laborar o estudiar. Estas acciones no solo restringen la independencia económica de las mujeres, sino que también refuerzan su dependencia y vulnerabilidad dentro de las dinámicas de poder desiguales. El agresor no solo retira recurso: retira libertad. De esta forma, estas conductas crean un entorno de control que no solo afecta la libertad financiera, sino que fomenta la agresión y reduce las posibilidades de las mujeres en desarrollar una vida independiente.  


El marco jurídico que protege a las mujeres ante este tipo de violencia se basa en acuerdos internacionales como la Convención de Belém do Pará, que reconoce el derecho a vivir sin violencia y la obligación del Estado de prevenirla, y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que subraya la igualdad de género y la erradicación de todas las normas, incluida la violencia económica. Asimismo, en el ámbito nacional, a través del Código Penal que impone las sanciones a quienes realicen los actos delictivos relacionados con la violencia, la Ley 294 de 1996 refuerza la protección integral.  


La violencia económica también se manifiesta como un problema que debilita el potencial productivo de las mujeres y obstaculiza el progreso en las sociedades. Cada acto de agresión restringe oportunidades laborales, interrumpe las trayectorias profesionales y dificulta la acumulación de recursos. Además, la falta de independencia económica no ocurre de manera aislada: se nutre de un sistema que remunera menos a las mujeres, ofrece escasas oportunidades y normaliza situaciones laborales inestables. De este modo, la violencia actúa como mecanismo de exclusión que perpetúa mayormente a las mujeres.  


Así, las víctimas, al carecer de ingresos suficientes, se ven atrapadas en un ciclo de inestabilidad donde cada día sin empleo representa un retroceso. Las cifras respaldan que las mujeres víctimas de violencia tienen menor estabilidad de empleo, salarios más bajos y enfrentan más obstáculos para obtener créditos; esto no solo las empobrece, sino que también impide el crecimiento económico en conjunto. En consecuencia, la violencia económica es un freno estructural que priva a las sociedades de lograr un potencial pleno, inmortalizando desigualdades que se transmiten de generación en generación.  


Romper este ciclo dañino requiere mucho más que solo tener leyes. El temor a las consecuencias, la carencia de las redes de apoyo y la dependencia económica son obstáculos que silencian a quienes sufren. Se necesita una estrategia completa: acceso inmediato al financiamiento, educación financiera para rescatar la autonomía y empleo para asegurar la independencia. De igual forma, emplear rutas de asistencia que sean efectivas y no solo queden en papeles. El gobierno debe dejar de actuar de manera tardía y centrarse en la prevención. Por lo cual, no es solo cuestión de rescatar a una mujer de un abuso; se trata de asegurar que no vuelva a estar en peligro.  


En resumen, la violencia económica hacia las mujeres no es un fenómeno aislado ni solo una falta de recursos, sino un sistema de control muy arraigado que restringe su libertad, perpetúa la desigualdad de género y debilita el avance social y económico del país. Aunque se dispone de un sólido marco legal respaldado por tratados internacionales, existe una gran discrepancia entre la ley y la realidad. Por lo tanto, al abordar este problema, es necesario implementar estrategias completas que integren la prevención, la protección efectiva y el empoderamiento financiero de las mujeres.  


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