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ACTUALIDAD

¿Cómo se pretende mejorar la administración de justicia en Colombia?  

LO QUE CONTIENE LA REFORMA A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

En Colombia la administración de justicia ha recibido muchas críticas. Llega un Proyecto de Ley que pretende reformarla, pero se debe conocer el contenido del mismo para tener una opinión fundamentada.  

Fuente: Archivo personal

Por:  Carolina Montoya

El 15 de junio del año en curso, el Congreso aprobó el Proyecto de Ley de reforma a la administración de justicia en Colombia con 68 votos a favor y 15 en contra. Dicho Proyecto pretende introducir cambios significativos a la Ley Estatutaria de Administración de Justicia 270 de 1996.  

 

Dentro de las modificaciones que se pretenden realizar por medio de este Proyecto de Ley, se encuentra que la administración de justicia sea un servicio público esencial y que la misma se preste por medio de herramientas y recursos establecidos en la ley; se busca adoptar expedientes digitales. Adicionalmente, se introduce el uso de tecnologías de información (TIC), sin dejar de lado el derecho a la intimidad. Se pretende también que la ley establezca mecanismos diferentes al proceso judicial para la resolución de conflictos, abriendo la posibilidad de contar con una mayor cantidad de alternativas, y busca obtener una mayor autonomía presupuestal de la Rama Judicial. En materia de jueces y tribunales, se busca crear estadísticas para la toma de decisiones territoriales y se aspira a incluir a las comunidades rurales que por su condición encuentran dificultades para acceder al proceso judicial como medio para la resolución de conflictos. Finalmente, se quiere evitar la corrupción para poder recuperar la confianza que los ciudadanos han perdido; la gran mayoría de colombianos no confían en la Rama Judicial.  

 

Otras modificaciones relevantes se refieren al cambio en los requisitos existentes para poder aspirar a llegar a ciertos cargos. En primer lugar, para ser Juez Municipal se debe acreditar experiencia no menor a tres años, para ser Juez de Circuito se debe acreditar experiencia no menor a cinco años y para obtener el cargo de Magistrado de Tribunal se exige contar con experiencia no menor a diez años. El tiempo de experiencia que se requiere para llegar a estos cargos es mayor al que se establece por medio de la Ley 270 de 1996. En adición a lo anterior, se contemplan medidas de equidad de género al buscar que el 50% de las listas para magistrados de las altas cortes sea exclusivamente para mujeres. Mientras que para los cargos mencionados anteriormente se exige más experiencia, se pretenden flexibilizar los requisitos para llegar a ser Fiscal General de la Nación, Defensor del Pueblo, Procurador General de la Nación y Registrador Nacional del Estado Civil.  

 

Adicionalmente, se establece en el Proyecto que la recepción de denuncias o querellas no podrá ser negada, significando que no se puede poner un límite a la cantidad de denuncias o querellas que pueden ser radicadas por jornada de trabajo. Se hace la especificación de que las dependencias de atención a usuarios que no se encuentren disponibles las 24 horas, deben atender a todos los usuarios que se encuentren en la fila al momento de cerrar.  

 

Este Proyecto ha recibido varias críticas. Algunas de ellas consisten en la falta de reformas estructurales reales, argumentando que, si bien es un Proyecto lleno de principios y valores, no presenta soluciones de fondo que vayan a contribuir de manera efectiva para obtener un sistema de administración de justicia más eficiente. Se critica que se busca un aumento en el presupuesto que debe recibir la Rama Judicial, pero no se establece cómo deben ser utilizados estos recursos de manera eficiente. Por el contrario, hay otras personas que respaldan el Proyecto de Ley, resaltando la implementación de tecnologías de la información (TIC), que pretende fortalecer los expedientes judiciales, la integración hacia las comunidades alejadas que no tienen un acceso fácil al proceso judicial y la autonomía presupuestal que se pretende obtener.  

 

Después de haber obtenido la aprobación del Congreso, el paso a seguir es la revisión de constitucionalidad que debe adelantar la Corte Constitucional. Esto se debe llevar a cabo teniendo en cuenta que la Ley 270 de 1996, que se pretende modificar, es una ley estatutaria. Después de realizar dicha revisión de constitucionalidad, se debe contar con la sanción presidencial. Cuando se cuente con la aprobación del Congreso, la revisión de constitucionalidad y la sanción presidencial, el Proyecto va a poder ser expedido como ley.  

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