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QUERELLANDO

2020-II

Prescripción de delitos sexuales 

-AMIGA, Y QUÉ PROCEDE, ¿PUEDO DENUNCIAR QUE FUI VIOLADA 25 AÑOS DESPUÉS DEL HECHO?

La prescripción para tomar acciones penales a causa de delitos sexuales, en Colombia y en el mundo, se queda ‘corta’; las personas están preparadas para  denunciar mucho tiempo después del hecho, cuando este ya prescribió. Testimonio de una javeriana y empresaria exitosa.  

Por: Geraldine Pardo

“Me violaron, y estoy segura de eso -mi psicólogo lo constata-, pero aún no recuerdo si fue quien creo que  fue. Él tiene mucho poder”. Este es un testimonio de una javeriana y empresaria. La psiquis es capaz de suprimir recuerdos y sólo los desbloquea cuando la persona puede tener de algún modo, la resiliencia suficiente para afrontarlo, se trata de reconstructive memory.  

Cuando escuché este testimonio, lo único que pude decirle fue que el cerebro es capaz de eliminar lo que causa demasiado sufrimiento y que lo recordaría solo cuando estuviera lista. La verdad hubiera querido decirle que podía denunciar a su agresor incluso si constataba quién era 25 años después, pero mi deseo es muy romántico para poder ser real. Llegar a recordar el sujeto que cometió el delito no es el único drama al que se enfrenta la víctima porque el que sigue es reunir las pruebas legales para que se pueda condenar judicialmente al violador. En caso de no reunirlas, la víctima podría ser acusada de difamación, lo cual es algo a lo que cualquiera teme. 

En Colombia, el Código Penal consagra en el artículo 83 que la acción penal prescribirá en un tiempo no inferior a los cinco años y no superior a los veinte años, pero tratándose de delitos sexuales contra menores de edad el tiempo de prescripción establecido para la acción penal es de veinte años, contados a partir del momento que la víctima alcance la mayoría de edad. 

Conductas como actos sexuales con menor de catorce años, acceso carnal violento, acceso sexual violento, acceso carnal o acto sexual en persona puesta en incapacidad de resistir, entre otros, cuentan con cifras escandalosas reportadas por Medicina Legal. Esta entidad ha realizado 3.948 exámenes médico-legales por presunto delito sexual entre enero y febrero de 2020 y de acuerdo con un boletín del 2015 de la misma institución, más de 12.000 personas fueron privadas de la libertad por esta razón. 

Acorde con los reportes hechos por la Fiscalía, alrededor del 63% de las víctimas por delitos sexuales son menores de edad y, la mayoría, entre la edad de los doce y los diecisiete años. En Colombia, la tasa de impunidad llega al 90% según la Fundación Paz y Reconciliación. La Fiscalía informa que en el 2019 se denunciaron 1’477.989 delitos y el 50.4% corresponde a acceso carnal violento. A pesar de ser un gran número de denuncias, no todos los crímenes sexuales se reportan, bien sea por la creencia de que la justicia no actuará, o porque el delito ya prescribió cuando la víctima recuerda, por ejemplo, que fue violada sexualmente. 

Cabe preguntarse, ¿puedo denunciar que me han violado, aunque el delito ya prescribió? ¿y si me pasa a mí? ¿me siento a rezar mientras el mismo sujeto está haciendo lo mismo con otras personas? Permítame decirle que sí, la única opción que le queda es sentarse a rezar, buscar un tratamiento psicológico, eso suponiendo que sus ingresos le permiten pagarlo, hacer un pacto con algún ente no terrenal, para que quien o quienes le hayan violado no lo hagan otra vez o cualquier cosa que crea pertinente, porque quien se supone que debe impartir justicia en el plano terrenal, no estará en capacidad de hacerlo.  

Colombia es un Estado social de Derecho en el que la dignidad humana prima sobre cualquier cosa. Cuando se habla de este principio hay que aclarar que no es un concepto que se pueda llenar, ya que es cada persona la que lo define en su vida y, para una víctima de delitos sexuales que busca justicia humana y no la obtiene, la dignidad humana se queda en una declaración de buenas intenciones. 

El legislador debe replantear el tiempo de prescripción de estos delitos, teniendo en cuenta la gran cantidad de casos en los que la víctima no puede denunciar por distintas razones: no sabía que podía denunciar, puede denunciar al agresor mucho tiempo después porque antes tenía al victimario cerca y podría lastimarle otra vez, porque la víctima está en una posición de subordinación con el delincuente, o, simplemente, no lo recordaba. 

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