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OPINIÓN

Si la justicia existe, tiene que ser para todos; nadie puede quedar excluido, de lo contrario ya no sería justicia” - Paul Auster 

Del castigo a la restauración: 
Como la justicia restaurativa le ha regresado la humanidad al sistema judicial 

Por: María López Bernal

La justicia restaurativa puede considerarse como la forma de hacer justicia del futuro. Es la manera en que las sociedades de hoy en día buscan dejar atrás los arcaicos sistemas judiciales ineficaces, inmoderados y alejados de la realidad, para darle prioridad al balance entre la reparación tanto de víctimas como victimarios. Con su enfoque humanitario, pretende asegurar recursos efectivos para que las comunidades logren aliviar su herida de injusticia y cuenten con la oportunidad de elegir colectivamente la responsabilidad que deben asumir aquellos que infligieron dicha herida, promoviendo como primera opción su resocialización.  

 

Encuentra su sustento en los derechos a la verdad, la justicia y la reparación, para formar intervenciones que cumplan con la retribución a las víctimas, la reinserción a la sociedad y la no repetición de violaciones a los derechos humanos. Sin embargo, la justicia restaurativa no surge como respuesta a un problema localizado únicamente dentro del sistema penal, sino dentro de la sociedad misma; una sociedad plagada de desigualdad que perdió la esperanza de encontrar una forma distinta de hacer justicia que no incluyera violencia.  

 

La Fiscalía General de la Nación, en su Manual de Justicia Restaurativa del 2022, se refiere a este concepto como “Devolverle el conflicto a las partes”, darles la posibilidad a los principales involucrados de analizar y tratar todos los elementos que constituyen el conflicto, elementos que suelen ser tratados con indiferencia por un sistema de justicia que no levanta la mirada de la pena y su limitado marco de acción. La restauración es un método innovador que impulsa al derecho penal a cambiar paradigmas, a abrir el horizonte a otras formas de penalizar más allá de la inoculación y el juzgamiento.  

 

En principio, restituye el poder en cabeza de las víctimas, reconociendo que son las únicas capaces de dimensionar el daño causado y, por ende, solo ellas saben cómo recuperarse; les permite dejar de ser solo cifras que vemos en las noticias y en los periódicos, devolviéndoles el control que perdieron sobre sus propias vidas.  

 

Adicionalmente, no puede dejarse de lado que, así como la justicia restaurativa se compone de un espectro especial para las víctimas, también cuenta con uno igual de importante dedicado a los victimarios.  

 

Esta es, quizás, la principal característica que hace de la restauración un mecanismo de justicia que promete sobresalir por su eficacia: toma en cuenta las desigualdades intrínsecas a la sociedad que concluyen en la categorización y deshumanización de aquellas personas que incurren en el crimen. Se reconoce que el problema no radica únicamente en la falta de oportunidades equitativas para el acceso común a la educación, al trabajo y a la justicia; radica en el hecho de que, incluso si existieran oportunidades iguales para todos, las puertas seguirán cerradas para aquellas personas que debido a sus errores del pasado ahora cargan a rastras con una etiqueta indeleble.  

 

Este fenómeno, denominado como “arrojo” por el profesor de la facultad de teología de la Pontificia Universidad Javeriana Julio Cesar Ariza, plantea como la falta de oportunidades acorrala al individuo hasta el punto en que la misma sociedad, al darle la espalda, acaba arrojándolo nuevamente por el camino del delito, creando un ciclo de reincidencia interminable.  

 

De acuerdo con el autor Howard Zehr en “El Pequeño Libro de la Justicia Restaurativa”, este acercamiento al conflicto permite un encuentro entre víctima y ofensor que les permite conocerse como personas, le da la oportunidad a víctimas de saber la verdad y a victimarios de visualizar el impacto de sus acciones. De esta forma, las partes pueden llegar eficazmente a acuerdos sobre cómo reparar los daños ocasionados al hacer de este encuentro, en palabras del autor, “una experiencia impactante y positiva.”.  

 

Para concluir, la justicia restaurativa permite ver cómo hemos logrado evolucionar hasta el punto en que la pena ya no es un mecanismo de persuasión o intimidación para ejercer control social; se creó un punto de quiebre en el que pasamos de perseguir la venganza para buscar hacer la verdadera justicia para todos. Lo que hace a la justicia restaurativa un mecanismo trascendental es como conduce al estado a preguntarse el porqué del delito y, gracias a esto, poder definir con precisión que se busca lograr con la penalización y si está realmente pone en perspectiva las necesidades de las víctimas. En resumen, abre las puertas a que tanto víctimas como victimarios puedan salir de las celdas que crean dichas etiquetas y logren verse como lo que son realmente: seres humanos.  

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